¿Quiénes Somos?
La Oficina de Equiparación de Oportunidades, es una entidad adscrita al Ministerio de Cultura de la República de Panamá, tiene como propósito difundir la transversalización del tema de discapacidad a lo interno y externo de la institución, así como también la asesoría de los funcionarios y los usuarios externos con discapacidad, en la estructura organizativa del Ministerio fue ubicada en el Nivel Asesor.
Objetivo
Cumplir con las políticas de inclusión social de las personas con discapacidad y sus familias, planificando, coordinando y ejecutando programas y proyectos de equiparación de oportunidades, formación y fortalecimiento institucional, en materia de discapacidad dirigido al desarrollo de las personas con discapacidad y sus familiares, en el ámbito laboral, social y cultural.
Funciones de la Oficina
- Cumplir con las normas existentes con referencia a la equiparación de oportunidades con las personas con discapacidades en las áreas de responsabilidad del Ministerio.
- Asesorar y promover la transversalización de la inclusión social de las personas con discapacidad en todos los planes, programas, proyectos y estrategias que se desarrollen en la Institución para su inclusión plena.
- Desarrollar programas de promoción, información, capacitación y perfeccionamiento sobre la temática de derechos de las personas con discapacidad, fomentando en la ciudadanía su participación y sensibilizar.
- Asegurar el acceso a la cultura en igualdad de condiciones de la población con discapacidad, a fin de que gocen de los programas culturales que se le brinda al resto de la sociedad, incrementando la calidad de los espacios culturales y sitios de valor histórico y patrimonial, y asesorando en soluciones con discapacidad para verificar el cumplimiento de las normas vigentes.
- Organizar con la Secretaría Nacional de Discapacidad, el cumplimiento de las políticas de inclusión social de las personas con discapacidad y sus familias y los derechos humanos de los usuarios y funcionarios, para garantizar el funcionamiento óptimo de los servicios que brinda al público.
- Cumplir con el desarrollo de compromisos y convenios en materia de equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad para facilitar su inclusión plena.
- Difundir a través de artículos, informes, estadísticas los eventos y acciones institucionales en relación a los derechos de personas con discapacidad.
- Evaluar recursos metodológicos para promover los derechos humanos y la no discriminación de las personas con discapacidad para conocimiento de la ciudadanía, garantizando que los espacios culturales cumplan con las especificaciones técnicas de acceso al entorno para integrar a las personas con discapacidad.
- Mantener recopilados los datos y estadísticas que nos permitan conocer la realidad en cuanto a discapacidad en el Ministerio de Cultura para futuras acciones.
- Garantizar el ejercicio del derecho a disfrutar del cine, teatro, museos, arte, literatura y otras actividades culturales a través de distintos formatos accesibles para facilitar su inclusión.
- Promover las coordinaciones intra e interinstitucional para garantizar la transversalización de la integración de las personas con discapacidad en el Ministerio y sus dependencias.
- Impulsar el desarrollo de actividades y eventos culturales, realizados por organizaciones privadas sin fines de lucro que permitan y aseguren la participación y la inclusión de las personas con discapacidad.
- Reconocer los logros culturales y artísticos de las personas con discapacidad para sensibilizar a la población en general sobre sus aportes y potenciar profesionalmente a las personas con discapacidad para facilitar su incorporación a una vida cultural productiva.
Legislación
Ley No. 25 de 10 de julio de 2007
Por la cual se adoptan la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, adoptados en Nueva York, por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 13 de diciembre de 2006.
Ley No.42 de 27 de agosto de 1999
Por la cual se establece la equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad.
Decreto Ejecutivo No. 88 de 12 de noviembre de 2002
“Por medio del cual se reglamenta la Ley Nº 42 de 27 de agosto de 1999, por la cual se establece la Equiparación de Oportunidades para las Personas con Discapacidad”
Ley No. 15 de 31 de mayo de 2016
Que reforma la Ley 42 de 1999, que establece la equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad de oportunidades para las personas con discapacidad.
Decreto Ejecutivo 333 de 5 de diciembre de 2019
Que reglamenta la Ley 15 de 31 de mayo de 2016, que reforma la Ley 42 de 27 de agosto de 1999, por lo cual se establece la equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad, y se dictan otras disposiciones.
Ley 134 de 31 de diciembre de 2013
Que establece la equiparación económica para las personas con discapacidad.
Decreto Ejecutivo 59 de 30 de agosto de 2016
Que reglamenta la Ley 134 de 31 de diciembre de 2013, por la cual se establece la equiparación económica para las personas con discapacidad.
Resolución 01-2019 de 3 de diciembre de 2019
Adopta el reglamento interno del Consejo Nacional Consultivo Discapacidad.
Ley 175 de 3 de noviembre de 2020
Ley General de Cultura
Artículo 32, El estado diseñará y ejecutará políticas públicas
- Garanticen el derecho de las personas con discapacidad a utilizar su capacidad creadora, artística e intelectual tanto para su propio beneficio como para contribuir al desarrollo de la comunidad.
- Garanticen la accesibilidad de los espacios e instalaciones en los que se realicen actividades culturales o se presten servicios culturales.
- Garanticen que las personas con discapacidad tengan acceso a materiales y productos culturales en formatos adaptados a sus necesidades específicas.
- Reconozcan la identidad cultural de las personas con discapacidad.
Puede comunicarse a través de nuestros canales de atención:
- Mgtra. Lastenia González (Jefa de la unidad).
Correo: lgonzalez@micultura.gob.pa - Thayred Bejarano (Psicóloga).
Correo: tbejarano@micultura.gob.pa - Jashymir Bedoya (Intérprete).
Correo: jbedoya@micultura.gob.pa - Tel: 501-4031/4039/4983/4937/4032/4050